Trabajo en casa: expedida la ley que regula sus disposiciones

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El presidente de Colombia, Iván Duque, firmó la Ley 2088 de 2021, por la cual se regula el trabajo en casa en el país; así tanto empleadores como empleados podrán contar con elementos jurídicos para proteger el trabajo en el marco de situaciones ocasionales como la generada por la pandemia de la Covid-19.

De esta forma, trabajadores y empleadores podrán acudir a la modalidad de trabajo en casa por una vigencia de hasta tres meses, prorrogables por otro periodo igual o hasta que desaparezcan las circunstancias que ocasionaron la excepción.

Asimismo, se destaca que la relación laboral continuará bajo los términos pactados al inicio del contrato, con el fin de que el empleado cuente con los mismos derechos y garantías, que incluyen jornada laboral, horas extras, trabajo nocturno, dominicales y festivos, descansos dentro de la jornada laboral, derechos de asociación, negociación sindical y prestaciones económicas y asistenciales.

Los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos mensuales legales vigentes (Smmlv) y que se les reconozca el auxilio de transporte, recibirán este pago a título de auxilio de conectividad digital durante el tiempo que presten sus servicios bajo la habilitación de trabajo en casa. En este caso, los dos auxilios económicos no serán acumulables.

Durante el tiempo laborado de manera remota, el trabajador también continuará amparado por las acciones de promoción y prevención, así como las prestaciones económicas y asistenciales en materia de riesgos laborales.

Vale resaltar que la Ley sancionada es diferente a la legislación que regula el Teletrabajo en Colombia (Ley 1221 de 2008), que sienta las bases para una modalidad laboral permanente, que se soporta en el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC.

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